La exjefa de control de calidad de la empresa LS FARMA SAC, Nuria Estela Vargas Contreras, y la abogada Olga Cristina Salazar Olivares, denunciaron el otorgamiento indebido de registros sanitarios a dicha compañía, conocida comercialmente como “LabSuperfood”.
Vargas Contreras, de profesión Nutricionista Bromatóloga, denunció este hecho ante la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA).
El laboratorio está dedicado a la elaboración y distribución de productos alimenticios para el consumo humano (suplementos vitamínicos) que comercializa en farmacias a nivel nacional.
Vargas Contreras señaló que el laboratorio incumplía las condiciones mínimas de salubridad en la elaboración de productos y que la planta no cuenta con agua potable ni alcantarillado.
A esto se suma que el local ubicado en MZ. E, LT. 5B, cooperativa la Vertiente del distrito de Villa el Salvador, se encuentra cerca de un colector de basura y una chanchería,
REGISTROS
Vargas Contreras denunció ante la propia DIGESA que LS FARMA SAC “elabora productos orientados a tratar o sanar dolencias humanas con registros autorizados por DIGESA y no con el registro de DIGEMID, conforme lo establece la ley”.
En la misma línea, la abogada Olga Cristina Salazar Olivares, exfiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, presentó una denuncia por delito contra la salud pública contra la empresa LS FARMA S.A.C.
La denuncia se encuentra en la carpeta fiscal 5393-2024 a cargo del Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa El Salvador, con fiscal responsable María Delicia Tuesta Rodríguez.
“De acuerdo al Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos y Afines, aprobado por Decreto Supremo 010-97-SA y sus modificatorias, los productos que contienen hierbas y plantas medicinales para uso en salud están fuera del ámbito de competencia de DIGESA y deben ser gestionados por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) del Ministerio de Salud. No obstante, LS FARMA S.A.C. ha obtenido registros sanitarios para productos que deberían ser competencia de DIGEMID, como se detalla en los registros de productos que comercializa la empresa, además de ir contra la misma resolución ministerial al ofrecer productos en cápsulas cuando solo se les otorgó la validación técnica oficial del Plan HACCP para la línea de mezclas en seco de uso instantáneo”, añade en su denuncia.
PRODUCTOS
La abogada Olga Cristina Salazar Olivares agrega en su denuncia que “en ese sentido, la empresa LS FARMA S.A.C., estaría produciendo y comercializando los siguientes productos, pese a venir incumpliendo todas las normativas sanitarias que se han mencionado”.
A continuación, detalla dichos productos en su denuncia:
– Glucosamina (N8305721N/Nalbsp) Mezcla en polvo para bebida instantánea a base de colágeno, glucosamina, calcio, magnesio y zinc.
– Cartilago de Tiburón (N8312821N/Nalbsp): Mezcla en polvo a base de camu camu, cartílago de tiburón y colágeno. Además de tener una presentación en CÁPSULAS.
– Ortiga (N8312721N/Nalbsp): Mezcla en polvo con maca roja, harina de calabaza y hojas de ortiga. Además de presentación en CÁPSULAS.
– Sábila (P2703219N/Nalbsp): Concentrado de sábila.
– Sábila (P2701221N/Nalbsp): Bebida concentrada a base de noni y sábila.
– Sábila (P2614823N/Nalbsp): Bebida de sábila con bromelina.
– Salvia (N8330920N/Nalbsp): Mezcla en polvo a base de salvia, romero, triptófano, con complejo B, magnesio y zinc.
– Uña de gato (Q3316222N/Nalbsp) — Mezcla de hierbas deshidratadas que incluye hojas de té verde, hojas de menta, hojas de hierbabuena, jengibre deshidratado, hojas de uña de gato, hojas de guanábana, hojas de moringa, hojas de olivo, hojas de matico, hojas de canchalagua y hojas de stevia para infusión.
– Cardo mariano (N8306521N/Nalbsp): Mezcla en polvo de cardo mariano, alcachofa y diente de león. Además de presentación en CÁPSULAS.
– Boldo, cola de caballo (P2700820N/Nalbsp): Bebida concentrada de boldo. agracejo, cola de caballo con camu camu.
– Eucalipto, asmachilca (F5601321N/Nalbsp) = Jarabe a base de propóleo, miel, eucalipto y asma chilca.
– Muña (P2701321N/Nalbsp): Bebida concentrada a base de penca de tuna, menta, muña, anís y hierba luisa.
– Muña (P2722523N/Nalbsp) Propóleo.
– Valeriana, toronjil (P2706619N/Nalbsp): Bebida concentrada a base de lima limón, hierbaluisa, manzanilla, toronjil, valeriana y pimpinela. Producto “Labsuperfoods, Concentrado RX”.
Harinas de Aloe Vera (N8329122N/Nalbsp) = Mezcla de harinas a base de aloe vera y en — Producto «Absupoerfood”, sugiriendo tratamiento desintox cante (detox) y presentación en cápsulas.
– Uña de gato (P2703119N/Nalbsp), Uña de gato (P2700520N/Nalbsp), Uña de gato (P2700620N/Nalbsp), Uña de gato y huanarpo (P2614123N/Nalbsp), Uña de gato (N3331020N/Nalbsp), – Uña de gato (N8332421N//Nalbsp), entre otros.
INCUMPLIMIENTO
Asimismo, se acusa “el incumplimiento en la comercialización de productos con alusiones terapéuticas”.
Al respecto, señala Salazar Olivares que “la empresa LS FARMA S.A.C. comercializa productos rotulados con alusiones terapéuticas contraviniendo lo establecido en el Comunicado 06-2023 de DIGESA/MINSA. Según dicha normativa, los productos y sus etiquetados no deben contener declaraciones que sugieran, impliquen o representen que el producto es útil, adecuado o efectivo para prevenir, aliviar o curar cualquier enfermedad o trastorno fisiológico. Esta disposición es expresamente incumplida por la empresa LS FARMA S.A.C. como se evidencia en los siguientes productos, los cuales están registrados bajo los registros sanitarios de DIGESA: Bronco Kids (F5612419N/Nalbsp), Prosta Lab (N9312721N/Nalbsp), Vigor Lab (N8331120N/Nalbsp), Hepalab (P2700820N/Nalbsp), Inmuno Defense (M1102220N/Nalbsc)”.