¿Cómo reclamar a la compañía de seguros?

El sismo del domingo con una magnitud de 6.1, en Lima, dejó un saldo de una persona fallecida y decenas de daños al patrimonio de empresas y ciudadanos.

“Un representante de la micro y pequeña empresa cuestiona las decisiones que se quieren tomar en el Parlamento y el escaso apoyo del Ejecutivo”.

Entre los daños materiales podrían estar nuestros inmuebles que hayamos asegurado. Para saber qué pasos seguir para reclamar nuestra cobertura y conocer si podremos aplicar a esta, Paolo Ormeño, vicepresidente de Riesgos Patrimoniales de Gallagher Corredores de Seguros, brinda los siguientes detalles.

Formas de reportar el daño

Para Ormeño, es importante que todos los daños sufridos por los inmuebles de las personas o las empresas sean reportados a la aseguradora. Existen dos opciones: que el asegurado llame a su corredor de seguros, si adquirió el seguro contra terremoto por intermediación de este, o que llame directamente a la aseguradora.

Si se tiene un crédito hipotecario vigente, se debe llamar al banco para saber con qué aseguradora está contratado el seguro contra terremotos del inmueble y hacer el respectivo reporte.

Otro paso a considerar es tomar fotos de los daños sufridos. Por ejemplo, de rajaduras o del bien asegurado que se cayó a causa del sismo.

Lo siguiente es que la aseguradora contactará al asegurado y enviará a los ajustadores para verificar los daños. Los ajustadores son personas debidamente registradas en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). También puede suceder que la aseguradora envíe a personal especializado de la compañía para hacer la verificación correspondiente.

Ojo con el deducible

Ormeño señala que, aunque es poco probable que haya algún rechazo de la cobertura de un siniestro en caso de un terremoto, debido a los impactos que este sismo puede generar, lo que sí puede llevar a que el siniestro no sea cubierto por la aseguradora es el monto del deducible.

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Para empezar, el deducible es el monto del pago del siniestro que debe asumir el asegurado. Ormeño explica que el deducible tiene dos finalidades. Primero, que el pago del daño sea compartido entre el asegurador y el asegurado. En segundo lugar, que el asegurado no incurra en el riesgo moral de no tomar medidas de prevención, solo por tener un seguro. En este caso del sismo, solo aplica la primera finalidad.

Ormeño precisa que, en nuestro país, el costo promedio del deducible es de alrededor del 1% del valor asegurado. Es decir, si aseguramos nuestra vivienda por US$100 mil, el valor del deducible es de US$1,000.

Esto es importante, precisa Ormeño, porque si, por ejemplo, se dañó la pared del baño y solo es un problema estético de rellenar fisuras y cambiar mayólicas y no supera los US$1,000, el gasto será cubierto por el asegurado y no por la aseguradora. La aseguradora cubre todo lo que esté por encima de ese monto.

Lo mismo se aplica para los bienes de la casa o la empresa que hayan sufrido daños a causa del sismo y que estén asegurados.

Igual ocurre para una empresa. Si el valor de lo asegurado es de US$50 millones, el deducible es de US$500 mil. El ejecutivo explica que esto obedece a la ubicación geográfica de nuestro país, que hace que el riesgo y los daños sean importantes.

Por último, Ormeño sugiere que es vital hacer los debidos reportes a la aseguradora para luego verificar si lo cubrirá la compañía o el asegurado.

 

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