La Policía Nacional del Perú (PNP) reconoce a Patricia Benavides como fiscal de la Nación, en estricto cumplimiento de la resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que ordenó la restitución en el más alto cargo en el Ministerio Público.
En un documento de la Dirección Nacional de Investigación Criminal (DIRNIC), se dispone que la Dirección Nacional de Orden y Seguridad (DIRNOS), a través de la Dirección de Seguridad del Estado (DIRSEEST), tomen las acciones pertinentes dispuestas en una disposición de comando en la que se disponga que se brinde seguridad y resguardo policial a Patricia Benavides, llamándola como fiscal de la Nación.
“En atención a la normatividad legal vigente y ante los riesgos a que se enfrenta, como consecuencia de las denuncias y otras actuaciones propias de su cargo como Fiscal de la Nación”, se lee en el documento.
Asimismo, se menciona que por disposición del General PNP Director Antidrogas, los jefes de las subunidades de la Dirección Antidrogas (Dirandro), tomar acciones pertinentes al ámbito de su competencia, así como se insta a difundir internamente la resolución que restituyó a Benavides en su cargo.
Como recordemos a Junta Nacional de Justicia (JNJ) declaró nulo el procedimiento disciplinario seguido contra Patricia Benavides Vargas, en el cargo de fiscal de la Nación, así como a su hermana Enma Rosaura Benavides Vargas, jueza superior de la Corte Superior de Justicia de Lima y Azucena Inés Solari Escobedo, fiscal suprema provisional.
Este procedimiento se dio por una presunta interferencia en una investigación fiscal contra su hermana Enma Benavides. Tras esta decisión, se dejan sin efecto la destitución que habían sido impuestas a las tres magistradas, quienes quedan habilitadas para ser reincorporadas a sus cargos, salvo que exista alguna orden judicial o administrativa que lo impida.
De otro lado, el Poder Judicial, a través de la jueza constitucional Ana Osorio, prácticamente validó la resolución de la JNJ al señalar que ya no puede pronunciarse debido a que el caso se enmarca en el régimen ordinario de “sustracción de la materia”, lo que implica que ya no existe un objeto sobre el cual pronunciarse respecto al fondo del conflicto.
La magistrada precisó, mediante una resolución emitida el 20 de junio que la presunta afectación a los derechos constitucionales invocados por Benavides al presentar dicha demanda de amparo.
“La resolución materia de controversia ya no surte sus efectos al haberse declarado su nulidad, como consecuencia de ello, también fue dejada sin efecto la medida disciplinaria de destitución impuesta a la demandante, con la rehabilitación de sus respectivos títulos, lo cual constituye la satisfacción, en sede administrativa, de lo pretendido en su demanda”, indicó la jueza.