A inicios de junio, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) sancionó a Banco de Chile y Consorcio Financiero por la participacion simultánea de Hernán Büchi en el directorio de ambas empresas, con multas de $ 3.300 millones y $ 1.650 millones, respectivamente. Esto, en su segundo fallo por infracciones a la norma de interlocking en su historia.
El TDLC sostuvo que ambas empresas, junto a Falabella -que llegó a un acuerdo por el caso-, compiten entre sí en productos y servicios bancarios y de seguros (en el caso de Banco de Chile, Consorcio y Falabella) y como corredores de bolsa (Banco de Chile y Consorcio).
Las respuestas
La semana pasada, Banco de Chile y Consorcio Financiero presentaron sus reclamaciones contra el fallo del TDLC.
“Estamos frente a una sentencia sin precedentes, manifiestamente errónea e inexcusablemente injusta”, disparó la defensa del banco del Grupo Luksic y Citi, comandada por el socio de Menchaca & Cía., Tomás Menchaca.
Para la entidad, el fallo sancionó que Büchi “habría sido director de dos o más bancos, cuando consta que solo fue respecto de uno; de dos o más corredoras de bolsa, cuando consta que no fue de ninguna; y de dos o más corredoras de seguros, cuando también consta que no ejerció tal cargo en ninguna de ellas”.
Y aclaró que Banco de Chile no participa directamente en dichos mercados, sino que a traves de sus filiales.
Por su parte, la defensa de Consorcio Financiero, liderada por el socio de Claro y Cía., Cristóbal Eyzaguirre, alegó que el caso “es jurídicamente insostenible”.
De acuerdo con el texto, el fallo habría realizado una “interpretación ilegal” del concepto “empresa”, considerado como una misma entidad a Consorcio Financiero y sus filiales bancarias, corredora de bolsa y aseguradora. Caso similar con Banco de Chile y su corredora, y Falabella y su compañia de seguros.