El Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una sentencia clave que beneficia a policias y militares en situacion de retiro. En el caso del suboficial PNP en retiro Julio Nehemías Goñe Carhuaz, el máximo intérprete de la Constitución ordenó a FOVIPOL la devolución total de los aportes descontados de forma arbitraria desde el año 2006 hasta el 2021, más los intereses legales respectivos.
SIN CONSENTIMIENTO
Este pronunciamiento responde a una acción de amparo interpuesta por el efectivo policial, quien jamás autorizó formalmente su incorporación a FOVIPOL ni recibió préstamo alguno del fondo durante sus 16 años de servicio activo. Sin embargo, durante todo ese tiempo se le descontaron mensualmente aportes desde su cuenta del Banco de la Nación.
El TC concluyó que hubo una afectación al derecho fundamental de libre asociación, pues la afiliación del demandante se realizó sin su consentimiento expreso. A lo largo del proceso, FOVIPOL no logró acreditar que existiese una inscripción voluntaria por parte del policia, y además se comprobó que, pese a su solicitud formal de desafiliación en 2021, se le continuó descontando.
El fallo —contenido en el Expediente 03634-2023-PA/TC— establece claramente que «la decisión de asociarse debe ser libre y voluntaria», y que una ley no puede obligar al ciudadano a aportar a una entidad si no ha brindado su consentimiento pleno.
RESPALDO JURÍDICO
El caso fue fortalecido por la reciente aprobación de la Ley 31826, que modifica el artículo 22 de la Ley 24686, permitiendo que el personal militar y policial en situación de retiro, que no haya recibido ningun beneficio del fondo, solicite la devolución total de sus aportes más intereses.
Amparado en esta ley, el demandante solicitó al TC que se reconozca el derecho a recuperar el 100% de sus aportes desde el inicio de su carrera. El Tribunal falló a su favor, y en su sentencia precisó que corresponde la devolución íntegra de lo descontado desde el 1 de enero de 2006 hasta el 18 de noviembre de 2021.
IMPLICANCIAS
La decisión del TC no solo resuelve el caso de Goñe Carhuaz, sino que sienta un precedente jurídico relevante para miles de miembros de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas que se encuentren en situaciones similares: es decir, aquellos que fueron obligados a aportar al fondo sin haber consentido su afiliación y sin haber sido beneficiarios.
De ahora en adelante, todo policía o militar en retiro que cumpla con estas condiciones podrá invocar esta sentencia para exigir la devolución de sus aportes, así como los intereses legales correspondientes.