Conoce cómo se ejecutarán pagos a uniformados en actividad y retiro
El coordinador general de las Asociaciones Unidas de las FFAA y PNP, coronel FAP (r) Fredy Arias Portugal, detalló fechas diferenciadas para el pago del nuevo aumento de remuneraciones y pensiones a policías y militares en actividad y retiro.
Recalcó que de acuerdo a lo establecido en la Centésima Sexagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2025: con fecha 15 de julio, el Decreto Supremo 147-2025-EF que aprueba el segundo reajuste de las pensiones a favor de los pensionistas del Decreto Ley N” 19846 y a los pensionistas del Montepio, correspondiente al personal titular en situacion de retiro de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Perú, y a sus sobrevivientes.
Lee también:
Fiscal José Domingo Pérez entró en pánico
Asimismo, con fecha 18 de julio, el Decreto Supremo 148-2025-EF que aprueba los nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.
D este modo “el pago correspondiente se efectuará al personal del Montepío entre el 21 y 25 de julio, mientras que al Personal de la CPMP será el 25 de julio”.
Añadió que con la expedición del Decreto Supremo 147-2025-EF, se confirma que los reajustes son de naturaleza pensionable y tienen carácter permanente, y que los montos de los reajustes son iguales.
El pago de los tres primeros reajustes (enero, julio y diciembre 2025) está considerado en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2025, quedando pendiente el cuarto reajuste (primer semestre del 2026), que debe ser considerado en la Ley de Presupuesto 2026, que aprobada el Pleno del Congreso de la República el 30 de noviembre del 2025.