Consorcio Unión Barranco obtiene victoria legal frente a la Municipalidad

Fallo representa precedente importante sobre respeto a contratos y mecanismos de solución de conflictos pactados contractualmente.

En una decisión firme y trascedental para el ámbito de la contratación pública y el respeto al arbitraje como mecanismo de resolución de controversias, la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundado el recurso de anulación interpuesto por la Municipalidad Distrital de Barranco contra el Laudo Arbitral emitido el 19 de septiembre de 2024, el cual validó el contrato suscrito con el Consorcio Unión Barranco (CUB).

El contrato de usufructo, firmado en enero de 2018, fue objeto de controversia luego de que la Municipalidad intentara declararlo nulo mediante resoluciones administrativas unilaterales. Ante este escenario, el Consorcio defendió su posición contractual en sede arbitral, obteniendo un laudo favorable que fue posteriormente impugnado por la Municipalidad. Sin embargo, la Sala ha ratificado la validez del laudo y la improcedencia de los argumentos presentados por la comuna.

La resolución judicial reafirma que la controversia sí era materia arbitrable, que no existió extralimitación de competencias por parte del tribunal arbitral, y que la Municipalidad incurrió en error al aplicar normas administrativas a un contrato administrativo con cláusula arbitral vigente. Asimismo, se reconoció que la excepción de incompetencia planteada por la Municipalidad fue ya resuelta y consentida, consolidando la autoridad del laudo.

Esta victoria no solo representa un logro jurídico para el Consorcio Unión Barranco, sino también sienta un precedente importante sobre el respeto de los contratos y mecanismos de solución de conflictos pactados contractualemente, reforzando la seguridad jurídica y la confianza en el Estado de Derecho.

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ANTECEDENTES

Desde 2019, la Municipalidad de Barranco bajo argumentos de defensa de los intereses públicos, emprendió una serie de acciones administrativas que culminaron en la nulidad del contrato y de las bases que lo sustentaron.

El Consorcio Unión Barranco no se quedó de brazos cruzados. En cumplimiento de la cláusula vigésimo novena del contrato, que establece que toda controversia debía resolverse mediante arbitraje, inició un proceso en la Cámara de Comercio de Lima. El primer laudo arbitral le fue favorable, declarando la validez del contrato, pero la Municipalidad logró que la Primera Sala Civil Comercial de Lima lo anulara por considerarlo inmotivado.

Lejos de terminar allí, el proceso se reinició ante un nuevo tribunal arbitral, que tras un exhaustivo análisis resolvió —esta vez por unanimidad— que el contrato de usufructo firmado el 31 de enero de 2018 es un acto plenamente válido, con plenos efectos legales, y ordenó su cumplimiento.

El laudo arbitral, emitido el 19 de septiembre de 2024, fue ratificado con una decisión complementaria el 29 de octubre de ese mismo año, cerrando así cualquier interpretación o vacíos que pudieran ser invocados por las partes. Con esta resolución, la disputa parecía haber llegado a su fin: el contrato debía respetarse, el CUB debía retomar la posesión del estadio y continuar las obras para su acondicionamiento y operación. No obstante, la alcaldesa Jessica Vargas se negó a ejecutar el laudo, incumpliendo flagrantemente lo ordenado por el tribunal arbitral.

ESTADIO CERRADO

Mientras tanto, el Estadio Unión permanece cerrado, sin que se permita el acceso al consorcio para continuar las obras. La situación ha generado el malestar de vecinos, deportistas y clubes barranquinos que ven cómo un espacio vital para la comunidad sigue clausurado a pesar de existir un contrato válido y decisiones arbitrales firmes que ordenan su reapertura.

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