Un nuevo golpe fiscalizador acertó la Contraloría General de la República (CGR), que encabeza Dorothy Pérez.
Esta vez, la entidad detectó desregulación del sistema, excesivos plazos de tramitación y usuarios fallecidos con cuentas activas en una auditoría a los aspectos tecnológicos que respaldan el proceso de tramitación de investigaciones instruidas por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).
En el informe se señala que dicha plataforma es utilizada por la entidad para analizar las investigaciones instruidas en contra de los profecionales habilitados para otorgar licencias médicas y que hayan sido eventualmente emitidas en forma irregular. Explican que terminada la investigación a 102 expedientes del sistema PAE que tenían resolución de multa, la Contraloría detectó incumplimientos en el plazo de tramitación de los recursos de reposición interpuestos por los profesionales sancionados. En 96 registros se superan los 30 días hábiles administrativos entre la fecha interposición del recurso y la de dictación de la resolución terminal.
Asimismo, se identificaron 62 registros (65% de los casos analizados) donde incluso los plazos alcanzan los 427 días hábiles, que exceden los seis meses dispuestos por la normativa.
En su análisis, la CGR señala que estos hallazgos denotan “una prolongada demora en la resolución de los expedientes, lo que puede generar acumulación de casos pendientes, afectando la eficiéncia operativa de la repartición fiscalizada. El retardo injustificado en la tramitación de estos procedimientos da cuenta que los funcionarios involucrados no observan el orden normativo que los rige, poniendo en riesgo el logro de los fines del servicio, como también los derechos de los ciudadanos y las entidades fiscalizadas”.
De la revisión efectuada al sistema antes mencionado, tanto para el proceso realizado por la Unidad de Control de Licencias Médicas (UCLM), así como para los perfiles de la base de datos de este, se advirtió que las personas designadas como visadores de oficios y firmadores de resoluciones no se encuentran distribuidas por unidad o por materia en cuestión, donde se puede apreciar que el sistema permite asignar a cualquier funcionario del sistema y la selección del mismo queda a responsabilidad de quien ejecuta el pase que requiere visación o firma.
Asimismo, señala que “se detectaron 5.104 usuarios activos que estaban fallecidos. Esto de acuerdo a un cruce de datos con el Servicio de Registro Civil e Identificación, lo que podría influir en un uso malicioso del sistema”.
Otro de los aspectos analizados fue el convenio de colaboración asociado al intercambio de información que entre el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) y la Suseso, del 15 de junio de 2016. Al respecto, se concluyó que si bien en algunos aspectos se da cumplimiento por ambas partes, ello no ocurre en lo que se refiere a la regulación del protocolo de transferencia del archivo de cotizaciones entre ambos organismos. Esto, porque Fonasa no ha cumplido con la entrega, dentro de los diez primeros días de cada mes, de los archivos de las cotizaciones.
También se encontraron problemas en el convenio que suscribió la Suseso con el Servicio de Tesorerías, en 2021, para la interoperabilidad entre ambas instituciones. Al respecto, se comprobó que el proceso de carga de las multas aplicadas por la Superintendencia se realiza de manera manual, lo que genera riesgos, por ejemplo, en la duplicidad de registros.
Además, se constató que “la dependencia de este proceso a cierto personal clave, que tiene el conocimiento específico para realizar estas tareas de carga manual, amenaza la integridad de la información y los resultados finales del proceso de carga, ya que su ausencia podría interrumpir el flujo de las labores”.
Procedimiento disciplinario
La CGR ordenó a la Suseso instruir un procedimiento disciplinario para determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en los hechos objetados en el informe.
Entre otras medidas, la superintendencia deberá entregar evidencia documental sobre el desarrollo dentro del sistema PAE, de una funcionalidad para la segregación específica de los visadores y firmadores que participan en el proceso de la UCLM, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de presente informe.