¿En qué distritos es obligatorio colocar la bandera por Fiestas Patrias y cuál es la multa por no hacerlo?

Julio ha llegado y, con este mes, una de las tradiciones cívicas más arraigadas en Perú: el izado obligatorio de la bandera nacional en hogares, comercios e instituciones. En el marco del 204.º aniversario de la independencia del país, varias municipalidades de Lima han emitido decretos que buscan fortalecer el respeto por los símbolos patrios y consolidar el sentido de identidad en la capital.

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Aunque la obligación de embanderar no es una novedad, su visibilidad y aplicación se han intensificado este año.

Desde el 2 de julio de 2025, al menos tres municipios, La Molina, San Isidro y El Agustino, han oficializado la medida, que exige exhibir la bandera peruana hasta el 31 de julio. Si bien aún no se han establecido sanciones específicas para este año en algunos de estos decretos iniciales, el precedente de multas aplicadas en 2024 ha puesto en alerta a los vecinos.

Por ejemplo, en La Molina, el Decreto de Alcaldía N.º 003-2025/MDLM detalla la obligación para todas las edificaciones del distrito. Esta disposición, que abarca residencias, negocios y oficinas públicas y privadas, se sustenta en normativas como el Decreto Ley N.º 11323, que regula el uso de los símbolos nacionales.

¿Cuáles son las consecuencias de no izar la bandera?

La Municipalidad Metropolitana de Lima ha ordenado el embanderamiento obligatorio del Cercado de Lima desde el 15 hasta el 31 de julio. Sin embargo, la medida se extiende a otros distritos de la capital.

Según reportes, jurisdicciones como Magdalena del Mar, Punta Negra, Pueblo Libre, Comas y San Juan de Lurigancho también han establecido la obligatoriedad de izar la bandera durante el mes patrio.

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En Magdalena del Mar, por ejemplo, la bandera debe ondear desde el 1 al 31 de julio, mientras que en Punta Negra y San Isidro la obligación se mantiene hasta el último día del mes.

¿Qué sucede si no cumples con la normativa?

No izar la bandera se considera una falta de civismo, y varias municipalidades han establecido multas para quienes no acaten la ordenanza. Aquí algunas de las sanciones:

Inmuebles sin bandera peruana: Una multa del 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/500.00.

Bandera deteriorada, sucia o rota: Una sanción del 50% de una UIT, es decir, S/2,500.00.

En el Cercado de Lima: Las multas por incumplimiento podrían alcanzar hasta el 25% de una UIT, aproximadamente S/1,287.50.

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