Si bien LarrainVial celebró la suspenssión del proceso penal de ocho ejecutivos imputados por el Caso Factop, aún queda pendiente la arista administrativa, en manos de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
US$ 3,5 millones fue el acuerdo reparatorio de Larrainvial con gran parte de los aportantes del fondo.
El 21 de octubre de 2024, el regulador inició un procedimiento sancionatorio y formuló cargos a personas vinculadas al fondo de inversión Capital Estructurado I de LarrainVial Activos, por posibles infracciones a la Ley de Mercado de Valores y la Ley Única de Fondos (LUF).
El proceso administrativo se inició contra LarrainVial Activos y su exgerente general Claudio Yáñez, entre otros, por posibles transgresiones a la LMV.
Además, la CMF formuló cargos contra los exdirectores de la gestora, la firma y su entonces gerente general por posibles infracciones LUF, como, por ejemplo, no haber asegurado que las operaciones del fondo se ajustaran a su reglamento interno, y que las inversiones se realizaran en beneficio exclusivo de los partícipes.
Como es costumbre, el proceso de la CMF se ha realizado bajo extrema reserva y avanza a cargo de la Unidad de Investigación de la CMF, encabezada por el fiscal del regulador, Andrés Montes.
Considerando que los plazos para resolver estos casos tardan, por lo general, seis meses, el consejo del regulador ya estaría excediendo el tiempo promedio para emitir su resolución.
¿Impacto por suspensión?
En la arista penal, en LarrainVial Activos fueron formalizados sus exdirectores y Claudio Yáñez. A ellos se sumaron los socios de la matriz de la firma: el exdirector ejecutivo, Manuel Bulnes y el director de Finanzas Corporativas, Felipe Porzio.
Si cumplen las condiciones establecidas para la salida alternativa, podrán optar a un sobreseimiento. Para ello, el pago de US$ 3,5 millones a gran parte de los aportantes del vehículo fue clave.
Pese al resultado con el Ministerio Público, exintegrantes de la CMF y la antigua Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) recalcaron a DF que las aristas penal y administrativa corren por carriles separados.
“La CMF no está obligada a considerar ese precedente, pues aplica solo a la salida alternativa respecto de la formalización de la Fiscalía por delitos”, señaló el exsuperintendente de la SVS, Alejandro Ferreiro.
En este caso, añadió otro exsuperintendente bajo reserva, se tratarían de ilícitos administrativos.
Eso sí, “la misma disposición a colaborar y reparar el mal causado que las personas vinculadas a LarrainVial mostraron ante la Fiscalía puede ayudar en la causa ante la CMF”, afirmó Ferreiro.
Y aclaró: “nada de lo anteriormente dicho se pronuncia sobre el mérito de los cargos o eventuales responsabilidades en el caso”.
En tanto, el historial de resoluciones de la CMF en estos casos no estaría a favor de LarrainVial y la reparación. “Los ilícitos formulados de cargos históricamente tienen sanciones altas y consideradas de la mayor gravedad, por lo que aunque ello es posible, es poco probable que se considere”, apuntó quien fuera un exabogado de la CMF.
De hecho, ya se ha producido el efecto contrario con situaciones similares, como en el caso de la corredora Marín Orrego, donde la defensa de Carlos Marín argumentó en su recurso de reposición con motivo de su sanción, que había iniciado un proceso de reparación a las víctimas.
Sin embargo, este fue desestimado por la CMF. “No se han hecho en el marco de un arreglo voluntario, sino compelido dentro del marco de requerimientos y acciones judiciales ante tribunales, lo cual obsta a una actitud colaborativa en el marco de la investigación llevada a cabo por este servicio”, señaló la resolución de respuesta del regulador del 23 de octubre de 2018.