Señor Director:
Hace sesenta años, un matrimonio adquirió por 18.000 escudos una vivienda en la calle Londres, en Santiago Centro. Hoy, la viuda de 99 años enfrenta el peligro de perder su hogar debido a un impuesto territorial desproporcionado de $2,5 millones anuales, frente a sus ingresos mensuales de apenas $400 mil. Aunque figura en el 40% más vulnerable según el Registro Social de Hogares, el Servicio de Impuestos Internos (SII) le denegó la exención fiscal para adultos mayores en riesgo, obligándola a recurrir a la Corte de Apelaciones, donde obtuvo un fallo favorable (caso 20732-2024).
El SII sostiene que no cumple los requisitos acumulativos de la Ley N°20.732, ya que el avalúo fiscal—de $310 millones, triplicado en una década y fijado unilateralmente—excede el límite legal.
Sin embargo, la Corte Suprema ha interpretado en casos análogos (2765-2019) que los criterios de ingresos y avalúo pueden aplicarse de modo alternativo. Una lectura literal, como la del SII, distorciona el espíritu de la ley.
Queda por ver la postura del Tribunal Constitucional.
Demetrio V. Benito O.
Perito Tasador