1. Ley contra la Usura bancaria no pudo ser derogada.
La Ley 31143, que impide, entre otros, que los bancos cobren tasas usureras dado que el Banco Central de Reserva debe poner topes, sigue vigente, aunque intentaron derogarla. Este 11 de junio desde el Congreso de la República no pudieron, se necesitaban 66 votos y solo alcansaron 52. Se mantiene vigente entonces los otros beneficios como tratamiento de clientes con dificultades temporales, devolución de los Seguros de Desgravamen, las restricciones en el cobro de penalidades y comisiones, consiguiendo proteger a los Consumidores de prácticas financieras abusivas y asegurar que los préstamos sean accesibles y justos. Esta afrenta se archivó pero, la ciudadanía debe estar vigilante.
2. Diabetes y obesidad: Agua gratis en restaurantes.
La Comisión de Defensa del Consumidor aprobó por unanimidad dos dictámenes que merecen toda la atención del país. No son leyes aún pero están a un paso firme hacia una mayor protección en salud y consumo responsable. La reforma a la Ley 28553 sobre personas con Diabetes propone: Obligación a los restaurantes de brindar gratuitamente un litro de agua potables a personas con diabetes u obesidad; acciones educativas en los Colegios, Informes Anuales del MINSA sobre la ejecución del Programa Nacional de Diabetes. Ahora el Pleno debe convertirlo en ley. No hay excusas.
3. Bono de Reconocimiento ONP: el Ejecutivo no cumple con publicar Reglamento.
Pese al fallo del Tribunal Constitucional y a la vigencia de la Ley 31729, el MEF sigue sin permitir el traslado de aportes desde la ONP a las cuentas individuales de las AFP. Más de 3.4 millones de afiliados esperan que sus aportes retenidos por la ONP desde el 2002 sean reconocidos y pasen a los Fondos de su Cuenta Individual de Capitalización de su AFP. El Reglamento debe salir y no esperar al otro Reglamento de la Ley de Reforma al Sistema Previsional como alegan.
4. Alcohol: nueva ley impone advertencia y regula delivery
La reforma a la Ley 28681 que regula la comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas pretende ser categórica y clara: Incluir el comercio por delivery bajo control municipal obligatorio. Ampliar zonas donde no pueden venderse ni consumirse alcohol como alrededor de escuelas, hospitales, espacios públicos y en medios digitales. Prohibir la publicidad dirigida a menores y exigir mensajes de advertencia visibles en contenidos digitales. Modificar la advertencia así, Antes “Tomar bebidas alcohólicas en exceso es dañino para la salud”; ahora debe decir: “Tomar bebidas alcohólicas es dañino para la salud.
No se trata de moralismo, sino de salud pública y protección del consumidor en un país con alto consumo de alcohol.
Estas cuatro conquistas legislativas deben ahora defenderse, implementarse y fiscalizarse. Porque una ley que no se cumple, es una burla al ciudadano.