En el marco de un debate en el que la mayoría de los diputados que intervinieron coincidieron en que es un proyecto que constituye un aporte para la reactivación del sector inmobiliario y de la construcción, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó este lunes las modificaciones del Senado al proyecto que establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria para la adquisición de viviendas nuevas.
La iniciativa del Ejecutivo –ingresada el 28 de enero de este año a trámite– que, a juicio de parlamentarios de Gobierno y oposición, facilita a familias de clase media la adquisición de una primera casa, fue aprobada por 129 votos a favor y una abstención –la del diputado Patricio Rosas del Frente Amplio–, por lo que la iniciativa fue despachada para su promulgación.
En términos generales, el proyecto establece un subsidio de hasta 60 puntos base sobre la tasa de interés para créditos hipotecarios, el cual será asignado de manera simultánea a las Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva establecidas en el artículo sexto transitorio de la ley Nº 21.543, que crea un Fondo de Garantías Especiales.
Se entregarán hasta 50 mil subsidios a personas naturales que cumplan con los requisitos estipulados, como que se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda; que el valor no debe superar las 4 mil UF; que la persona cumpla con los requisitos para acceder al Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva, de acuerdo con el artículo sexto transitorio de la ley Nº 21.543, que crea un Fondo de Garantías Especiales; y que cumpla con los demás requisitos que se establezcan en el o los decretos que acompañen la iniciativa.
Por otro lado, de los 50 mil subsidios, 6 mil serán destinados a viviendas que no superen las 3 mil UF, exclusivamente para personas naturales que cumplan con requisitos tales como que se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda; se trate de créditos para el financiamiento de primera vivienda; que la persona cumpla con los requisitos del decreto supremo N° 15, de 2024, del Ministerio de Vivienda que modifica el decreto supremo N° 1, de 2011, que reglamenta el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional y el decreto supremo N° 19, de 2016, que reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial, ambos de Vivienda y Urbanismo, o haya obtenido alguno de los subsidios regulados en dichas normas, siendo ellos siempre compatibles con el beneficio; y que la persona cumpla con los requisitos para acceder al Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva, de acuerdo con el artículo sexto transitorio de la ley Nº 21.543, que crea un Fondo de Garantías Especiales.
Apoyo a las empresas
Además, se crea el Programa de Garantías Apoyo a la Construcción, al que podrán optar las empresas cuyas ventas netas anuales no excedan el millón de UF; que al menos uno de los giros de la empresa, registrado ante el Servicio de Impuestos Internos, corresponda a actividades propias de los rubros de la construcción e inmobiliario o a actividades directamente conexas con éstos.
Adicionalmente, se crea el Programa de Garantías Apoyo al Endeudamiento, al que sólo podrán postular las personas cuyos ingresos mensuales brutos promedio no exceda el millón 500 mil pesos.
También se crea el Programa de Garantías para la Recuperación Productiva Regional, al que podrán optar las empresas con una serie de criterios; como, por ejemplo, que sus ventas netas anuales superen las 25 mil UF y no excedan el millón de UF, y que realice actividades económicas con una clara identificación regional o local, excluida la Región Metropolitana.
Sólo se podrá solicitar financiamiento con las condiciones señaladas hasta 24 meses después de la fecha de publicación de esta ley. Y en el marco de los artículos transitorios, se establece que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley, en su primer año presupuestario de vigencia, se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público; mientras que para los años siguientes, el gasto se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en las respectivas leyes de presupuestos del sector público.
Intervenciones de diputados
Para el diputado de RN Frank Sauerbaum, integrante de la Comisión de Hacienda de la Cámara, el proyecto “es un parche, pero un parche necesario”, porque el stock existente de viviendas no ha podido venderse debido a la paralización del sector inmobiliario. De ahí que manifestó que “confiamos en el impacto positivo” de la norma.
Por su parte, el diputado independiente en la bancada socialista Jaime Naranjo, quien también integra la Comisión de Hacienda, señaló que el sector de la construcción es el que produce un efecto multiplicador más grande sobre la creación de empleo; sin embargo, también alertó sobre el hecho de que -a su juicio- ni este sector ni el sector financiero harán un aporte, como bajar los precios de la casas o bajar las tasas, según corresponda. De ahí que manifestara su impresión de que “una vez más, esperan que el Estado le resuelva el problema a los privados”.
Mientras otro integrante de la Comisión de Hacienda, el diputado independiente Carlos Bianchi, destacó, entre otras cosas, que la iniciativa beneficia a las pequeñas y medianas empresas.