Se acabó la ‘mamadera’ de las ONG caviares

El Poder Ejecutivo avanza en la reglamentación de la Ley de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional

El Poder Ejecutivo avanzó la reglamentación de la Ley de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), que busca fiscalizar a las ONG. El ministro de Relaciones Exteriores, Elmer Schialer, anunció que será presentada en las próximas semanas y establece la cancelación del registro de aquellas que desvíen fondos u oculten información.

“Estamos trabajando en ello. La nueva Ley de APCI establece nuevos procesos, cuya elaboración requiere de exhaustivos análisis y formulaciones. Existe todo un equipo técnico, muy profesional y serio trabajando en el documento. Esperamos presentar el documento en las próximas semanas», indicó Schialer, detallando que el reglamento se está elaborando con la mayor pulcritud.

El titular de RR.EE. señaló que el objetivo es contar con un reglamento claro y ordenado que permita fortalecer el sistema de cooperacion internacional en el país.

Schialer descartó que la norma pueda generar un efecto negativo en el flujo de cooperación internacional. Por el contrario, consideró que un marco normativo claro generará mayor transparencia y confianza, tanto para las fuentes cooperantes como para las entidades ejecutoras en el Perú.

Consultado por las sanciones que introduce la norma, que pueden alcanzar hasta 500 UIT e incluso la cancelación del registro de organizaciones, el ministro sostuvo que estas serán aplicadas solo ante infracciones graves como el desvío deliberado de fondos o el ocultamiento de información. “Los procesos sancionadores serán proporcionales y respetaran el debido proceso”, indicó.

Sobre los cuestionamientos a la norma respecto al financiamiento de litigios contra el Estado, Schialer aclaró que la ley no prohíbe la defensa legal ni el acceso a la justicia, pero establece que los fondos de cooperación deben usarse según los fines para los que fueron declarados.

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“Si un recurso fue registrado para salud pública, no debe usarse para financiar litigios. Quien desee interponer acciones legales contra el Estado puede hacerlo libremente, pero sin usar fondos destinados a otros propósitos”, precisó el canciller.

El pasado 14 de abril, el Ejecutivo promulgó la mencionada ley 32301 que modifica la APCI para fiscalizar fondos de las ONG estableciendo un plazo de 90 días para que la Cancillería elabore y reglamente la norma.

En un informe del 11 de julio, solo tres días antes de vencerse el plazo establecido, Relaciones Exteriores, atendiendo a un pedido de la congresista Ruth Luque, quien solicitó la prepublicación del reglamento, respondió que se tiene previsto que estos sean publicados en agosto, luego de que tenga la conformidad del Ministerio de Economía y Finanzas, la secretaría de Gestión Pública y la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la PCM, según corresponda a cada caso.

El informe 11-2025 DCI/DAE, firmado por el embajador César Jordán, encargado de la Dirección General para Asuntos Económicos, señaló que los reglamentos ya estaban elaborados y que venían siguiendo el procedimiento administrativo correspondiente, a fin de cumplir filtros obligatorios establecidos en la normativa vigente, como el Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), el Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) y el proceso de consulta pública.

Transparencia

“Si un recurso fue registrado para salud pública, no debe usarse para financiar litigios. Quien desee interponer acciones legales contra el Estado puede hacerlo libremente, pero sin usar fondos destinados a otros propósitos”, precisó Schialer.

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