Personas sometidas a la cadena ronderil No pueden ser objeto de tratos inhumanos o degradantes

Personas sometidas a la cadena ronderil
No pueden ser objeto de tratos inhumanos o degradantes

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) exhortó a las rondas campesinas del Perú a ejercer su rol de apoyo a las comunidades campesinas con arreglo al artículo 149 de la Constitución, vale decir, sin transgredir los derechos fundamentales de la persona. Entre enero y septiembre del año pasado, la Policía Nacional registró 20,139 denuncias por … Leer más